Preguntas frecuentes
¿CÓMO SÉ SI MI SOCIEDAD CUMPLE LOS REQUISITOS PARA PODER SER DECLARADA INACTIVA?
El segundo requisito es que se apruebe en junta general
El tercer requisito es que se comunique a Hacienda la situación de inactividad.
¿EN LAS DISTINTAS TARIFAS PARA EMPRESAS INACTIVAS SE INCLUYEN LOS TRÁMITES PARA LA DECLARACIÓN DE INACTIVIDAD?
¿QUÉ OBTENGO DE DEJAR EN SITUACIÓN DE INACTIVIDAD MI EMPRESA AHORA QUE NO ESTOY FACTURANDO?
En la mayoría de los casos, se deja la sociedad inactiva o “dormida” por si en un futuro puede reactivarse la misma actividad u otra. De esta forma ya se tiene la empresa creada y se ahorra el coste de volver a crear una empresa.
También es frecuente la situación de inactividad en empresas constructoras/promotoras, con un solo activo mantenido para la venta (terreno u inmueble). Se vuelve a activar la empresa en el momento de la venta del activo que esté en la sociedad.
Otro de los motivos para mantener la sociedad, aunque no realice ninguna actividad, es evitar los trámites y gastos que conlleva la disolución y posterior liquidación de la entidad.
Dejar una sociedad inactiva es más fácil que liquidarla. Disolver y liquidar una empresa no es gratis y acarrea muchos trámites.
¿CÓMO SÉ QUÉ TARIFA PARA EMPRESAS INACTIVAS ES LA MÁS ADECUADA PARA MI EMPRESA?
• El servicio completo es para las empresas que no necesitan un asesor personal designado ni asesoramiento jurídico, así como aquellas empresas cuyas operaciones de compra son siempre dentro de España.
• El servicio completo engloba tanto el asesoramiento jurídico, así como asesor/a personal designado e incluye la declaración de operaciones de compra intracomunitarias (dentro de la UE), así como si la hubiera, alguna operación de compra de importación.
¿LAS FACTURAS EMITIDAS POR VOSOTROS A MI EMPRESA DESGRAVAN?
¿PRESTÁIS SERVICIOS A EMPRESAS QUE NO ESTÉN EN SITUACIÓN DE INACTIVIDAD?
• Tramitación y presentación al Registro Mercantil que corresponda de cuentas anuales de ejercicios anteriores, para la reapertura de la hoja registral de la sociedad.
• Consulta de deudas ante Hacienda y Seguridad Social: solicitud y posibilidad de negociar calendario personalizado de aplazamientos ante estos organismos.
• Contestación a requerimientos de información e inspecciones de Hacienda.
• Puesta al día de contabilidades atrasadas.
SI MI EMPRESA DEJA DE ESTAR EN SITUACIÓN DE INACTIVIDAD, ¿PUEDE SEGUIR CON VOSOTROS COMO ASESORES?
La tarifa que aplicaría no es la misma que tenías contratada por empresa inactiva. Cuando se dé el caso de tener que activar la empresa, hablaremos y te enviaremos un presupuesto personalizado adecuado a tu nueva situación de actividad.
¿ES MEJOR DEJAR UNA SOCIEDAD INACTIVA O LIQUIDARLA?
Las consecuencias, en forma de sanciones por no presentar el Impuesto sobre Sociedades o depositar las cuentas en el Registro, pueden ser significativas.
Mantener una empresa inactiva lleva una serie de costes asociados, tanto económicos como administrativos, por lo que no es recomendable mantener mucho tiempo esta situación.
Además, hay que tener en cuenta que la inactividad está pensada para un plazo no superior al año. Si esta situación se prolonga, como sucede en la práctica en la mayoría de los casos, se deben tener presentes los problemas y responsabilidades para el/la administrador/a.
Desde empresasinactivas.com hacemos un seguimiento e informamos puntualmente a los administradores sobre sus obligaciones por la situación de inactividad de su empresa.
Y según la información que recibamos aconsejamos al administrador el cierre o no de la empresa (este asesoramiento jurídico se recibe mediante la contratación de la tarifa plus)
¿CÚALES SON LOS TRÁMITES PARA DISOLVER UNA SOCIEDAD?
• Redactar el acta con el acuerdo de disolución
• Confeccionar el inventario
• Si hay activos que repartir entre los socios, medir el impacto fiscal de la disolución en la fiscalidad personal de cada soci@.
• Si se hace el estudio con antelación recomendar aquellas alternativas fiscalmente más convenientes dentro de la legalidad vigente.
• Realizar las operaciones de liquidación.
• Otorgar la escritura de extinción.
• Inscribirla en el Registro Mercantil.
• Liquidar el ITP/AJD (Operaciones societarias)
• Realizar la baja censal en Hacienda…
QUIERO CERRAR MI EMPRESA, ¿CUÁLES SON LOS PASOS A REALIZAR PARA QUE LO TRAMITÉIS VOSOTROS?
• Balances de situación y sumas y saldos a la fecha más reciente y actual posible.
• Último impuesto de sociedades presentado.
A partir de esta información realizaremos un estudio gratuito de la viabilidad y coste de la disolución de la sociedad y te remitiremos un presupuesto personalizado.
Una vez aceptado el presupuesto, nosotros nos encargamos de todos los trámites y de redactar los documentos legales necesarios.
Además, te informaremos de las acciones a realizar como liquidador/a y prepararemos todo para que, en el momento de la firma, en una notaría de tu elección, del cierre de la empresa no te tengas que preocupar de nada.